Servicio de Alertas
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| Fecha: | 22 Enero 2015 08:06:12 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 11 |
1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACION: procedencia: perjuicio patrimonial causado por acuerdo social de reparto de dividendos con cargo a reservas voluntarias adoptado con infracción de las normas de protección del patrimonio social y su correspondencia con el capital social: presunción legal del perjuicio patrimonial por haberse hecho el acto de disposición a favor de personas especialmente relacionadas con el concursado: oposición a las normas que permiten el reparto de dividendos con cargo a beneficios o a reservas voluntarias solo cuando el patrimonio social no resulte ser, antes del reparto de dividendos o como consecuencia de tal reparto, inferior al capital social: merma injustificada de la masa activa del concurso. SENTENCIA: INCONGRUENCIA: inexistencia: adecuación del fallo a las pretensiones de las partes, no impide enjuiciar críticamente los elementos fácticos de la controversia planteada.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 631/2014 de 1 noviembre RJ 2014\6154
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACION: procedencia: perjuicio patrimonial causado por acuerdo social de reparto de dividendos con cargo a reservas voluntarias adoptado con infracción de las normas de protección del patrimonio social y su correspondencia con el capital social: presunción legal del perjuicio patrimonial por haberse hecho el acto de disposición a favor de personas especialmente relacionadas con el concursado: oposición a las normas que permiten el reparto de dividendos con cargo a beneficios o a reservas voluntarias solo cuando el patrimonio social no resulte ser, antes del reparto de dividendos o como consecuencia de tal reparto, inferior al capital social: merma injustificada de la masa activa del concurso. SENTENCIA: INCONGRUENCIA: inexistencia: adecuación del fallo a las pretensiones de las partes, no impide enjuiciar críticamente los elementos fácticos de la controversia planteada.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 631/2014 de 1 noviembre RJ 2014\6154
2.
RECURSO DE CASACIÓN: RESOLUCIONES RECURRIBLES: CONCURRENCIA DE INTERÉS CASACIONAL: APLICACIÓN DE NORMAS QUE NO LLEVEN MÁS DE CINCO AÑOS EN VIGOR: desestimación: concurso: incidente concursal: acción de rescisión y reintegración a la masa: no procede invocar interés casacional por aplicación de los arts. 25 bis y 25 ter LC al no estar vigentes cuando se resolvió la acumulación del concurso, de acuerdo con la disp. adic 4ª de la Ley 38/2011, dado que en todos los concursos acumulados se habían aprobado los textos definitivos.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 615/2014 de 12 noviembre RJ 2014\6178
RECURSO DE CASACIÓN: RESOLUCIONES RECURRIBLES: CONCURRENCIA DE INTERÉS CASACIONAL: APLICACIÓN DE NORMAS QUE NO LLEVEN MÁS DE CINCO AÑOS EN VIGOR: desestimación: concurso: incidente concursal: acción de rescisión y reintegración a la masa: no procede invocar interés casacional por aplicación de los arts. 25 bis y 25 ter LC al no estar vigentes cuando se resolvió la acumulación del concurso, de acuerdo con la disp. adic 4ª de la Ley 38/2011, dado que en todos los concursos acumulados se habían aprobado los textos definitivos.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 615/2014 de 12 noviembre RJ 2014\6178
3.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ADMINISTRADORES DE SOCIEDAD: ACCION SOCIAL DE RESPONSABILIDAD: procedencia: cobro de retribuciones como miembros del consejo de administración pese a que la sociedad presentaba pérdidas: retribución prevista estatutariamente solo si la sociedad presentase beneficios y repartiese dividendos: no puede inferirse que los codemandados realizasen ninguna función objetivamente diferente de las propias que corresponden a los miembros del consejo de administración: de los tres consejeros sólo recibían remuneración los dos codemandados.
AP de Lugo (Sección 1ª) Sentencia num. 348/2014 de 9 octubre JUR 2015\8311
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ADMINISTRADORES DE SOCIEDAD: ACCION SOCIAL DE RESPONSABILIDAD: procedencia: cobro de retribuciones como miembros del consejo de administración pese a que la sociedad presentaba pérdidas: retribución prevista estatutariamente solo si la sociedad presentase beneficios y repartiese dividendos: no puede inferirse que los codemandados realizasen ninguna función objetivamente diferente de las propias que corresponden a los miembros del consejo de administración: de los tres consejeros sólo recibían remuneración los dos codemandados.
AP de Lugo (Sección 1ª) Sentencia num. 348/2014 de 9 octubre JUR 2015\8311
4.
COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN LABORAL: posible sucesión empresarial posterior a la extinción colectiva de los contratos de trabajo autorizada en el marco de un concurso, al enajenarse globalmente los activos de la empresa en fase liquidación: reclamación a la nueva empresa de la diferencia entre las indemnizaciones pactadas en el ERE y las abonadas por el FOGASA.
TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 29 octubre 2014 RJ 2014\6149
COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN LABORAL: posible sucesión empresarial posterior a la extinción colectiva de los contratos de trabajo autorizada en el marco de un concurso, al enajenarse globalmente los activos de la empresa en fase liquidación: reclamación a la nueva empresa de la diferencia entre las indemnizaciones pactadas en el ERE y las abonadas por el FOGASA.
TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 29 octubre 2014 RJ 2014\6149
5.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: CULPABLE: procedencia: grupo de sociedades: despatrimonialización a que se vio sometida la sociedad debido a la política de precios de transferencia aplicada dentro del grupo al que pertenecía la concursada: venta de las participaciones que tenía en otras sociedades por la que no se pagó el precio pactado: la concursada reflejó en sus cuentas operaciones de transmisión de participaciones sociales con otras sociedades del grupo que en realidad no se habían realizado: responsabilidad de administradores: determinación.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 366/2014 de 12 noviembre JUR 2015\10884
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: CULPABLE: procedencia: grupo de sociedades: despatrimonialización a que se vio sometida la sociedad debido a la política de precios de transferencia aplicada dentro del grupo al que pertenecía la concursada: venta de las participaciones que tenía en otras sociedades por la que no se pagó el precio pactado: la concursada reflejó en sus cuentas operaciones de transmisión de participaciones sociales con otras sociedades del grupo que en realidad no se habían realizado: responsabilidad de administradores: determinación.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 366/2014 de 12 noviembre JUR 2015\10884
6.
CONCURSO DE ACREEDORES. CREDITO CONTRA LA MASA: importe de tasación de costas: desestimación: interpretación restrictiva.
AP de Ourense (Sección 1ª) Sentencia num. 433/2014 de 23 octubre JUR 2015\5245
CONCURSO DE ACREEDORES. CREDITO CONTRA LA MASA: importe de tasación de costas: desestimación: interpretación restrictiva.
AP de Ourense (Sección 1ª) Sentencia num. 433/2014 de 23 octubre JUR 2015\5245
7.
SENTENCIA: INCONGRUENCIA «EXTRA PETITUM»: ESTIMACIÓN: ALTERACIÓN DE LA CAUSA DE PEDIR: la Sentencia recurrida en tanto en cuanto se aparta de la pretensión de la AC referida a daños y perjuicios y reconduce la condena a la cobertura parcial del déficit concursal se aparta de la causa de pedir.
AP de Vizcaya (Sección 4ª) Sentencia num. 521/2014 de 25 septiembre JUR 2015\8240
SENTENCIA: INCONGRUENCIA «EXTRA PETITUM»: ESTIMACIÓN: ALTERACIÓN DE LA CAUSA DE PEDIR: la Sentencia recurrida en tanto en cuanto se aparta de la pretensión de la AC referida a daños y perjuicios y reconduce la condena a la cobertura parcial del déficit concursal se aparta de la causa de pedir.
AP de Vizcaya (Sección 4ª) Sentencia num. 521/2014 de 25 septiembre JUR 2015\8240
8.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): APROBACIÓN JUDICIAL DEL CONVENIO: homologación del acuerdo de refinanciación: estimación: certificación del auditor de cuentas en la que se concluye que los créditos de los acreedores financieros que han suscrito el acuerdo de refinanciación representan al menos el 51% de los pasivos financieros de la entidad deudora, en el sentido establecido en la DA 4ª tras la reforma del RD Ley 4/2014.
JMerc de Madrid Auto de 22 octubre 2014 JUR 2015\4094
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): APROBACIÓN JUDICIAL DEL CONVENIO: homologación del acuerdo de refinanciación: estimación: certificación del auditor de cuentas en la que se concluye que los créditos de los acreedores financieros que han suscrito el acuerdo de refinanciación representan al menos el 51% de los pasivos financieros de la entidad deudora, en el sentido establecido en la DA 4ª tras la reforma del RD Ley 4/2014.
JMerc de Madrid Auto de 22 octubre 2014 JUR 2015\4094
9.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACIÓN DEL CONCURSO: CULPABLE: estimación: salida fraudulenta patrimonial del deudor de bienes o derechos durante los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso, sin soporte contable y total opacidad: presunción legal de culpabilidad: administrador persona afectada por la calificación: la insolvencia se ha agravado por el valor de los bienes o de la cantidad de la que los responsables de la concursada han dispuesto injustificadamente.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 408/2014 de 16 diciembre JUR 2015\11270
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACIÓN DEL CONCURSO: CULPABLE: estimación: salida fraudulenta patrimonial del deudor de bienes o derechos durante los dos años anteriores a la fecha de declaración del concurso, sin soporte contable y total opacidad: presunción legal de culpabilidad: administrador persona afectada por la calificación: la insolvencia se ha agravado por el valor de los bienes o de la cantidad de la que los responsables de la concursada han dispuesto injustificadamente.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 408/2014 de 16 diciembre JUR 2015\11270
10.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO: SOBRE LOS ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACIÓN: estimación: extinción del crédito mediante compensación con otros créditos: la compensación de esos créditos se hizo en un contexto en el que ya concurría la insolvencia de la concursada, de forma que se trataría de una extinción de obligaciones hecha en perjuicio de los demás acreedores: efectos: nulidad de dicha compensación.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 388/2014 de 1 diciembre JUR 2015\11271
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE CONCURSO: SOBRE LOS ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACIÓN: estimación: extinción del crédito mediante compensación con otros créditos: la compensación de esos créditos se hizo en un contexto en el que ya concurría la insolvencia de la concursada, de forma que se trataría de una extinción de obligaciones hecha en perjuicio de los demás acreedores: efectos: nulidad de dicha compensación.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 388/2014 de 1 diciembre JUR 2015\11271
11.
CONCURSO DE ACREEDORES: CALIFICACION DEL CONCURSO: CULPABLE: improcedencia: no toda actividad irregular o negligente llevada a cabo por los administradores debe suponer necesariamente la calificación del concurso como culpable. Falta de acreditación de que la situación de insolvencia y que el retraso en cumplir con los deberes registrales y contables hayan perjudicado a la entidad.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 382/2014 de 26 noviembre JUR 2015\11611
CONCURSO DE ACREEDORES: CALIFICACION DEL CONCURSO: CULPABLE: improcedencia: no toda actividad irregular o negligente llevada a cabo por los administradores debe suponer necesariamente la calificación del concurso como culpable. Falta de acreditación de que la situación de insolvencia y que el retraso en cumplir con los deberes registrales y contables hayan perjudicado a la entidad.
AP de Barcelona (Sección 15ª) Sentencia num. 382/2014 de 26 noviembre JUR 2015\11611
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