| Servicio de Alertas |
Fecha: | 06 Junio 2017 07:01:58 GMT |
Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
Búsqueda: | Derecho Concursal |
Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
Número de documentos encontrados: | 4 |
1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS SOBRE LOS CONTRATOS: RESOLUCIÓN: PROCEDENCIA: en interés del concurso: contrato de agencia: existencia de obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento para ambas partes contratantes: la Sociedad Concursada no podía seguir desarrollando su actividad empresarial, no pudiendo asumir el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en su condición de agente, por el hecho de que la demandada no le proveía de los productos necesarios: imposibilidad de hacer frente a los costes derivados del mantenimiento de los empleados contratados, al pago de los respectivos alquileres de los locales comerciales y suministros; EFECTOS: indemnización por clientela: cuantificación: criterio: determinación; indemnización por daños y perjuicios: costes por los despidos de la totalidad de la plantilla de trabajadores de la Mercantil actora y los gastos de inversión no amortizados.
JMerc de Burgos Sentencia num. 38/2017 de 14 febrero AC 2017\424
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS SOBRE LOS CONTRATOS: RESOLUCIÓN: PROCEDENCIA: en interés del concurso: contrato de agencia: existencia de obligaciones recíprocas pendientes de cumplimiento para ambas partes contratantes: la Sociedad Concursada no podía seguir desarrollando su actividad empresarial, no pudiendo asumir el cumplimiento de sus obligaciones contractuales en su condición de agente, por el hecho de que la demandada no le proveía de los productos necesarios: imposibilidad de hacer frente a los costes derivados del mantenimiento de los empleados contratados, al pago de los respectivos alquileres de los locales comerciales y suministros; EFECTOS: indemnización por clientela: cuantificación: criterio: determinación; indemnización por daños y perjuicios: costes por los despidos de la totalidad de la plantilla de trabajadores de la Mercantil actora y los gastos de inversión no amortizados.
JMerc de Burgos Sentencia num. 38/2017 de 14 febrero AC 2017\424
2.
CONCURSO: IMPUGNACION DEL INFORME: ESTIMACION: crédito reconocido a favor de la hermana de padre del concursado por importe de 150.000 euros como crédito ordinario por entender que debe calificarse como privilegiado especial: crédito tiene su origen en la legítima que debe percibir como legitimaria del causante.
AP de Islas Baleares (Sección 5ª) Sentencia num. 100/2017 de 31 marzo JUR 2017\122425
CONCURSO: IMPUGNACION DEL INFORME: ESTIMACION: crédito reconocido a favor de la hermana de padre del concursado por importe de 150.000 euros como crédito ordinario por entender que debe calificarse como privilegiado especial: crédito tiene su origen en la legítima que debe percibir como legitimaria del causante.
AP de Islas Baleares (Sección 5ª) Sentencia num. 100/2017 de 31 marzo JUR 2017\122425
3.
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL: responsabilidad subsidiaria: salarios: cuantía: determinación: empresa en concurso de acreedores: cálculo en función del importe de la indemnización fijada en vía judicial: improcedencia: solo cabe tomar como referencia a efectos de prestaciones a cargo del FOGASA las cantidades reconocidas como indemnización por parte de la administración concursal.
TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 6ª) Sentencia num. 214/2017 de 6 marzo JUR 2017\101174
FONDO DE GARANTÍA SALARIAL: responsabilidad subsidiaria: salarios: cuantía: determinación: empresa en concurso de acreedores: cálculo en función del importe de la indemnización fijada en vía judicial: improcedencia: solo cabe tomar como referencia a efectos de prestaciones a cargo del FOGASA las cantidades reconocidas como indemnización por parte de la administración concursal.
TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 6ª) Sentencia num. 214/2017 de 6 marzo JUR 2017\101174
4.
CONCURSO: CONVENIO: APROBACIÓN JUDICIAL: procedencia: aceptado en la junta de acreedores por mayoría suficiente, sin que se aprecie infracción de la normativa concursal.
JPII de Toledo Sentencia de 8 febrero JUR 2017\86141
CONCURSO: CONVENIO: APROBACIÓN JUDICIAL: procedencia: aceptado en la junta de acreedores por mayoría suficiente, sin que se aprecie infracción de la normativa concursal.
JPII de Toledo Sentencia de 8 febrero JUR 2017\86141
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