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sábado, 8 de abril de 2017

Derecho CONCURSAL

Servicio de Alertas
Fecha: 08 Abril 2017 07:01:48 GMT
Tipo de contenido: Legislación y Jurisprudencia
Búsqueda: Derecho Concursal
Nombre de la alerta: Derecho CONCURSAL
Número de documentos encontrados: 5
: Documentos modificados o cuya vigencia ha cambiado.

1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): DECLARACIÓN DE CONCURSO: NECESARIO: PROCEDENCIA: legitimación del instante: condición de acreedor: serios indicios de la existencia del crédito: sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
AP de Madrid (Sección 28ª) Auto num. 4/2017 de 13 enero   JUR 2017\63105

2.
FRUSTRACIÓN DE LA EJECUCIÓN: sbreseimiento: improcedencia: venta de finca a hermano que produce sospechas dignas de ser investigadas.
AP de Sevilla (Sección 1ª) Auto num. 1084/2016 de 28 diciembre   JUR 2017\57520

3. Sentencia anulada o casada
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL Y DETERMINACIÓN DE LA MASA PASIVA DEL CONCURSO: CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS: CRÉDITOS CON PRIVILEGIO ESPECIAL: CRÉDITOS GARANTIZADOS CON PRENDA: art. 90.1.6º LC: interpretación: se aplica a la prenda «en garantía de créditos futuros»: la prenda de créditos futuros sólo es oponible al concurso cuando el crédito dado en garantía ya ha nacido a la vida jurídica antes de la declaración del concurso: interpretación mayoritaria entre las Audiencias Provinciales y Juzgados de lo Mercantil. PRENDA: posibilidad de su constitución sobre créditos: doctrina jurisprudencial: respaldo por la LC, que reconoce la aptitud de los créditos para ser objeto de derecho real de prenda con el consiguiente privilegio especial del acreedor pignoraticio sobre ellos.
AP de A Coruña (Sección 4ª) Sentencia num. 118/2014 de 22 abril   AC 2014\806

4. Sentencia confirmada o inadmisión de recurso contra la misma
INDEFENSIÓN: inexistencia: reposición de los autos al momento de iniciar la vista oral o, subsidiariamente, al momento de dictar sentencia, con suspensión de la decisión de la jurisdicción social, hasta tanto recaiga resolución por parte del Juzgado de lo Mercantil: improcedencia: no concurre infracción de normas o garantías del procedimiento determinantes de indefensión por vulneración del principio de seguridad jurídica.
TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 593/2016 de 19 enero   JUR 2016\44922

5. Sentencia anulada o casada
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): INCIDENTE CONCURSAL: sociedad deportiva: ni el juez del concurso ni la administración concursal podrían autorizar el cumplimiento de las concretas obligaciones federativas indicadas en el ámbito del concurso: el cumplimiento de dicha obligaciones supondría que se estarían anteponiendo o garantizando pagos: la situación de concurso del FUTBOL CLUB CARTAGENA no le supone ventaja competitiva alguna: teniendo en cuenta el tenor literal de la DA 2ª bis LC y la finalidad pretendida por el legislador, la aplicación de estas concretas obligaciones suponen una clara desventaja competitiva para el club dada su situación de concurso, que pudiera verse abocado a descender de categoría, con el evidente perjuicio económico que pudiera llevar a la liquidación de la entidad, o incluso, al no renovarse las licencias, a la directa desaparición: requerimiento a la RFEF para que se abstenga de aplicar consecuencia alguna desfavorable por la no presentación de aval o consignación a que se refiere el artículo 105 del Reglamento de la RFEF.
JMerc de Murcia Auto de 29 junio 2015   JUR 2015\179200

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