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jueves, 16 de marzo de 2017

Lesiones por accidente de circulación. ¿Delito o no delito? Esa es la cuestión…

14-3-2017 | Wolters Kluwer

  • Un reciente Auto de la Audiencia Provincial de Madrid aclara en qué circunstancias las lesiones producidas en un accidente de tráfico pueden tramitarse por vía penal.
Jurisprudencia comentada
Portada
Sonsoles Navarro.- Una de las cuestiones que mayor conflictividad está generando en nuestros juzgados en materia de tráfico y seguridad vial es cuándo ante las lesiones producidas en un accidente de tráfico puede acudirse a la vía penal. Un Auto de la Audiencia Provincial de Madrid (LA LEY 6004/2017)analiza y aclara los distintos parámetros y preceptos legales que tienen que concurrir en estos casos para que puedan considerarse las lesiones como posible delito y tramitarse por esta vía.
1. Requisitos que tienen que concurrir
Para que la denuncia penal por lesiones producidas en un accidente de tráfico prospere y el Juez no decida archivarla, tienen que concurrir todos estos requisitos:
2. Conclusiones
El Auto, tras explicar todas estas interrelaciones normativas para poder admitir la tramitación por vía penal o desestimarla y derivar las actuaciones a la vía civil, concluye que deben casar:

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