| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 09 Noviembre 2015 08:02:44 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 4 |
1.
SENTENCIA: hechos probados: insuficiencia: improcedencia: si bien la sentencia carece de un apartado específico de hechos probados lo cierto es que el único hecho alegado como soporte de la pretensión no se ha considerado acreditado y tal conclusión se ha justificado con una expresa y suficiente argumentación.
TSJ de Castilla-La Mancha, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 960/2015 de 17 septiembre JUR 2015\243570
SENTENCIA: hechos probados: insuficiencia: improcedencia: si bien la sentencia carece de un apartado específico de hechos probados lo cierto es que el único hecho alegado como soporte de la pretensión no se ha considerado acreditado y tal conclusión se ha justificado con una expresa y suficiente argumentación.
TSJ de Castilla-La Mancha, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 960/2015 de 17 septiembre JUR 2015\243570
2.
UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS: PERSONALIDAD: LEGITIMACIÓN PASIVA: en su configuración y actuación presenta un cierto grado de personificación que pudiera llegar a permitir considerarla como una modalidad de sociedad externa o manifiesta, lo que unido al carácter mercantil de su objeto social conduciría a concluir su caracterización como sociedad colectiva: al demandarse a la Agrupación, se está demandando también a las personas jurídicas que la integran como titulares de la empresa: improcedencia de causa alguna para no abonar a la actora las cantidades retenidas en concepto de garantía por parte de la UTE apelante-demandada.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 357/2015 de 1 septiembre JUR 2015\234492
UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS: PERSONALIDAD: LEGITIMACIÓN PASIVA: en su configuración y actuación presenta un cierto grado de personificación que pudiera llegar a permitir considerarla como una modalidad de sociedad externa o manifiesta, lo que unido al carácter mercantil de su objeto social conduciría a concluir su caracterización como sociedad colectiva: al demandarse a la Agrupación, se está demandando también a las personas jurídicas que la integran como titulares de la empresa: improcedencia de causa alguna para no abonar a la actora las cantidades retenidas en concepto de garantía por parte de la UTE apelante-demandada.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 357/2015 de 1 septiembre JUR 2015\234492
3.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ACCIONES DE REINTEGRACION: procedencia: hipoteca inscrita sobre un inmueble propiedad de la concursada: falta de acreditación de ausencia de acreedores: gratuidad en fraude de acreedores: falta de prueba de qué contraprestación recibió la concursada: acto gratuito y en perjuicio de acreedores reales preexistentes. CADUCIDAD DE ACCIONES: PROCEDENCIA: la legitimación restringida a la administración concursal una vez declarado el concurso no justifica que comience un nuevo cómputo de plazo: el plazo se inicia desde que razonablemente pudieron tener conocimiento del acto los perjudicados: los acreedores preexistentes.
AP de Islas Baleares (Sección 5ª) Sentencia num. 468/2013 de 16 diciembre AC 2014\112
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ACCIONES DE REINTEGRACION: procedencia: hipoteca inscrita sobre un inmueble propiedad de la concursada: falta de acreditación de ausencia de acreedores: gratuidad en fraude de acreedores: falta de prueba de qué contraprestación recibió la concursada: acto gratuito y en perjuicio de acreedores reales preexistentes. CADUCIDAD DE ACCIONES: PROCEDENCIA: la legitimación restringida a la administración concursal una vez declarado el concurso no justifica que comience un nuevo cómputo de plazo: el plazo se inicia desde que razonablemente pudieron tener conocimiento del acto los perjudicados: los acreedores preexistentes.
AP de Islas Baleares (Sección 5ª) Sentencia num. 468/2013 de 16 diciembre AC 2014\112
4.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): DETERMINACION DE LA MASA PASIVA: CLASIFICACION DE LOS CREDITOS: CREDITOS SUBORDINADOS: DESESTIMACION: crédito derivado de la rescisión parcial de la garantía hipotecaria por apreciar mala fe por parte de la entidad financiera codemandada: falta de solicitud de manera expresa que se apreciara mala fe en la entidad acreedora y demandada, ni se hizo mención a hechos o circunstancias en base a las cuales se pudiera apreciar la mala fe de la entidad interviniente en las operaciones de constitución del préstamo con garantía hipotecaria y de prenda.
AP de Murcia (Sección 4ª) Sentencia num. 694/2013 de 21 noviembre AC 2013\1983
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): DETERMINACION DE LA MASA PASIVA: CLASIFICACION DE LOS CREDITOS: CREDITOS SUBORDINADOS: DESESTIMACION: crédito derivado de la rescisión parcial de la garantía hipotecaria por apreciar mala fe por parte de la entidad financiera codemandada: falta de solicitud de manera expresa que se apreciara mala fe en la entidad acreedora y demandada, ni se hizo mención a hechos o circunstancias en base a las cuales se pudiera apreciar la mala fe de la entidad interviniente en las operaciones de constitución del préstamo con garantía hipotecaria y de prenda.
AP de Murcia (Sección 4ª) Sentencia num. 694/2013 de 21 noviembre AC 2013\1983
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