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martes, 5 de mayo de 2015

Derecho CONCURSAL

Servicio de Alertas
Fecha: 05 Mayo 2015 07:03:06 GMT
Tipo de contenido: Legislación y Jurisprudencia
Búsqueda: Derecho Concursal
Nombre de la alerta: Derecho CONCURSAL
Número de documentos encontrados: 22
: Documentos modificados o cuya vigencia ha cambiado.

1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE CONVENIO: CUMPLIMIENTO DEL CONVENIO: crédito a favor de la AEAT: orden de embargo cautelar se dictó estando vigente el convenio de acreedores: embargo definitivo cuando ya se había decretado, a instancia del propio deudor, la apertura de la fase de liquidación ante la imposibilidad de cumplir el convenio: pagos se efectuaron días antes de la aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal: documentos de pago emitidos por la AEAT y pagos posteriores, se llevaron a cabo cuando ya se había pronunciado el auto por el que se abría la fase de liquidación a petición de la propia entidad deudora: suspensión del procedimiento de apremio administrativo o tributario: no puede asimilarse el auto que declara el concurso con el auto que acuerda la apertura de la fase de liquidación por incumplimiento del convenio.
AP de Pontevedra (Sección 1ª) Sentencia num. 86/2015 de 12 marzo   AC 2015\361

2.
LEY CONCURSAL 2003: CALIFICACION: CULPABLE: el hecho doloso o con culpa grave determinante de la insolvencia, cometido por quien ha sido administrador en el periodo de dos años antes de la declaración del concurso, genera culpabilidad aunque tuviera un origen temporal más allá de los dos años; PROCEDENCIA: irregularidad contable: ajuste contable de caja de mucha importancia económica y no justificada pese a haberse realizado casi 4 años antes de la declaración del concurso: salida fraudulenta de bienes: remuneraciones percibidas indebidamente por el administrador social: responsabilidad del administrador.
AP de A Coruña (Sección 4ª) Sentencia num. 14/2015 de 26 enero   AC 2015\309

3.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS SOBRE EL DEUDOR: FACULTADES PATRIMONIALES: naturaleza del 40.7 LC como renuncia a la impugnación; caducidad de la acción: improcedencia: el no reconocimiento de cualquier negocio puede derivarse de diversas circunstancias, entre ellas el no reconocimiento de un crédito: la insinuación de este y su no reconocimiento no conllevan el inicio del cómputo del plazo al que debe someterse la administración concursal sino simplemente la posibilidad, procesal, del acreedor para ese requerimiento y por tanto para hacer valer su derecho bien por esta vía o bien por el transcurso del plazo previsto a tal efecto; nulidad del contrato de intermediación verbal de transporte internacional convenido entre la concursada y la sociedad de transportes: el acto no es válido puesto que no ha sido autorizado por la administración concursal y por ello el tercero que contrata con la misma no puede ostentar crédito alguno derivado del citado contrato: desaparición del crédito contra la masa declarado precisamente por dicha nulidad.
JMerc de Granada Sentencia de 2 marzo 2015   AC 2015\352

4.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: Base imponible: modificación: situaciones concursales: carácter concursal de los créditos nacidos antes de la declaración del concurso, sin perjuicio de la posibilidad de comprobación y liquidación posterior por parte de la Administración, que no afecta a su condición de concursales: peculiaridades en el IVA: facturas rectificativas: liquidación de un periodo posterior a la declaración de concurso reduciendo la cantidad a devolver/compensar como consecuencia de facturas rectificativas correspondientes a periodos anteriores: con anterioridad a la redacción del art. 114.2.2 LIVA dada por Ley 7/1992, que no permitía discriminar en la nueva liquidación entre los créditos de uno y otro periodos: la nueva liquidación supone de facto, convertir un crédito concursal en otro contra la masa y una compensación indebida de créditos, así como una ejecución indebida de la liquidación anterior a la declaración del concurso: liquidación improcedente.
TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª) Sentencia de 2 marzo 2015   RJ 2015\827

5.
SENTENCIA: MOTIVACION: Doctrina constitucional: contenido y alcance; INCONGRUENCIA OMISIVA: Contenido y alcance constitucional; IMPROCEDENCIA: ADECUACION DEL FALLO A LO SUPLICADO EN LA DEMANDA: Solicitud de indemnización por lo dejado de obtener como consecuencia de un incumplimiento contractual: su concesión ya se califique en la sentencia recurrida como lucro cesante o daño emergente responde a esta petición, sin que quede alterada porque una parte del beneficio no obtenido se corresponda al periodo anterior a la resolución del contrato y la otra parte al periodo comprendido entre la resolución y la fecha pactada de terminación del mismo.DAÑOS Y PERJUICIOS: LUCRO CESANTE: EXISTENCIA: RESOLUCION DE CONTRATO DE COLABORACION MERCANTIL POR INCUMPLIMIENTO: La sentencia recurrida no equipara beneficio neto con beneficio bruto y descuenta los gastos generados en la obtención de la ganancia bruta: aplicación de casi un 20% de beneficio industrial que aflora después de haber descontado del ingreso bruto los gastos directos e indirectos: no procede descontar el impuesto de sociedades como un gasto generado directa o indirectamente para la consecución del beneficio, porque grava precisamente los beneficios de la sociedad al término del ejercicio económico.LEY CONCURSAL 2003: EFECTOS DE LA DECLARACION DE CONCURSO SOBRE LOS CONTRATOS: VIGENCIA DE CONTRATOS CON OBLIGACIONES RECIPROCAS: CUMPLIMIENTO: IMPROCEDENCIA: La parte in bonis no puede oponer el interés del concurso para enervar una acción de resolución del contrato por incumplimiento suyo: inoperatividad del art. 62.3 LC.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 63/2015 de 24 febrero   RJ 2015\820

6.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): EFECTOS DE LA DECLARACION DE CONCURSO SOBRE LOS ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACION: Concepto de perjuicio para la masa: presunciones y carga de la prueba: régimen legal del art. 71 LC; IMPROCEDENCIA: Constitución de una garantía real para garantizar un préstamo que fue destinado a minorar el saldo deudor de una póliza de crédito anterior que no gozaba de garantía real, que la concursada tenía con la misma entidad prestamista: no se aprecia perjuicio para la masa en la medida en que se produce una ampliación del crédito disponible mediante una aportación significativa de dinero nuevo y se prórroga el plazo de vencimiento de la póliza de crédito un año mas.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia num. 58/2015 de 23 febrero   RJ 2015\814

7.
CONCURSO: INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL: IMPUGNACION DEL INFORME: inclusión de determinados créditps frente a la concursada derivados de contratos de préstamos: desestimación: falta de prueba del verdadero destino de las cantidades pretendidamente prestadas y su efectiva recepción en el patrimonio de los prestatarios-concursados: carga de la prueba.
AP de Murcia (Sección 4ª) Sentencia num. 98/2015 de 26 febrero   AC 2015\348

8.
ACUSACION PARTICULAR: nulidad parcial de todas aquellas actuaciones derivadas de la intervención en el procedimiento de quien ha sido tenida indebidamente como acusación particular: cuando se subsana la falta de poder resulta que es insuficiente al necesitarse la firma de dos administradores. INSOLVENCIAS PUNIBLES: EXISTENCIA: inaplicabilidad del art. 115 CC: una cosa es que civilmente se autorice el pago por tercero y otra muy distinta es que quien efectúe el pago lo haga no con dinero propio, sino con dinero que ya ha sido embargado a efectos de responder de las deudas contraídas frente a un acreedor.
AP de Salamanca (Sección 1ª) Sentencia num. 1/2015 de 12 enero   ARP 2015\221

9.
LEY CONCURSAL 2003: DECLARACION DE CONCURSO: VOLUNTARIO: suspensión del procedimiento y notificación de la presentación de la solicitud de concurso voluntario de BANCO DE MADRID, SAU al FROB, al objeto de que por esta última entidad se comunique al Juzgado Mercantil si va a abrirse un proceso de reestructuración o de resolución de los previstos por la Ley 9/2012, de 14 de noviembre.
JMerc de Madrid Auto de 17 marzo 2015   AC 2015\365

10.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: CULPABLE: PROCEDENCIA: irregularidades contables relevantes para la comprensión de la situación patrimonial de la empresa tras la aprobación del convenio e incumplimiento del plan de pagos previsto en el convenio, agravándose la insolvencia; personas afectadas por la calificación: administrador de derecho; pronunciamientos patrimoniales y personales: responsabilidad por déficit concursal e inhabilitación.
JMerc de Barcelona Sentencia num. 35/2015 de 26 febrero   AC 2015\349

11.
INCOMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN LABORAL: es competente el Juzgado de lo Mercantil para conocer de la extinción colectiva de contratos de trabajadores de una empresa declarada en concurso, cuando previamente algunos de dichos trabajadores han formulado demanda de extinción del contrato de trabajo, ante el Juzgado de lo Social, al amparo del artículo 50.1 b) ET y dicha demanda no ha sido aún resuelta; aplicación, por motivos cronológicos, de la Ley Concursal en redacción anterior a la reforma introducida por la Ley 38/2011, de 10 de octubre.
TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 9 febrero 2015   RJ 2015\776

12.
PROCEDIMIENTO LABORAL: incompetencia del Juzgado para continuar la ejecución, una vez declarado el concurso de la ejecutada.
TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 2ª) Sentencia num. 95/2015 de 4 febrero   JUR 2015\65416

13.
CONCURSO: EFECTOS DE LA DECLARACION DE CONCURSO: SOBRE LOS ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACION: estimación: actos de disposición dineraria realizados por la concursada en los dos años anteriores a la declaración del concurso: falta de prueba que sean personas especialmente relacionadas en el sentido del art. 93 LC, ya que no ha quedado acreditada la relación previa que constituya a la sociedad en la obligación de abono de esas sumas dinerarias: actos de disposición a título gratuito: perjuicio al resto de acreedores.
AP de Córdoba (Sección 1ª) Sentencia num. 103/2015 de 26 febrero   JUR 2015\102887

14.
CONCURSO: CULPABLE: ESTIMACION: acreditados los hechos que justifican la calificación como culpable del concurso pues o bien se derivan de la propia documentación (la falta de declaración en plazo del concurso, la falta de formulación de las cuentas anuales o falta de colaboración) de las declaraciones, así como en la falta de prueba en contrario que desvirtúe las afirmaciones contundentes: oposición basada en meras descalifiociones genéricas y en meras alegaciones de parte totalmente insuficientes.
AP de Cádiz (Sección 5ª) Sentencia num. 72/2015 de 12 febrero   JUR 2015\101713

15.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): DETERMINACION DE LA MASA PASIVA: RECONOCIMIENTO DE CREDITOS: CREDITOS CONTRA LA MASA: eventuales retenciones a cuenta por rendimientos de trabajo que se realicen en el caso de que se pague el salario o retribución a los trabajadores: no se han pagado los salarios a los trabajadores, por lo que el crédito por esas retenciones derivadas de salarios todavía no pagados, no ha nacido: cuando se produzca (si es que se produce) el pago de salarios, y se devengue en consecuencia el tributo y nazca el crédito por retenciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, dicho crédito, en la medida en que habrá nacido por virtud de una Ley (tributaria) y con posterioridad a la declaración del concurso, será un crédito contra la masa.
AP de La Rioja (Sección 1ª) Sentencia num. 22/2015 de 30 enero   JUR 2015\80701

16.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): Efectos de la declaración de concurso: Sobre los actos perjudiciales para la masa activa: Acciones de reintegración: procedencia: perjuicio patrimonial en acto dispositivo a título oneroso a favor de persona especialmente relacionada con el concursado: abono acumulado a socio y presidente del consejo de administración de la retribución de cuatro años mediante anotación contable a tan solo un mes de distancia de la presentación de la solicitud de concurso voluntario: rescisión del asiento contable.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 18/2015 de 19 enero   JUR 2015\74000

17.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE CONVENIO: aprobación judicial del convenio: procedencia: falta de formulación de oposición: efectos.
JMerc de Barcelona Sentencia num. 34/2015 de 25 febrero   JUR 2015\105569

18.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): DETERMINACIÓN DE LA MASA PASIVA: LISTA DE ACREEDORES: IMPUGNACIÓN: DESESTIMACIÓN: no violación del principio de igualdad de los acreedores: calificación de créditos de las aportaciones obligatorias, las aportaciones voluntarias y las participaciones especiales a cooperativas: los concursos declarados conjuntamente y los acumulados se tramitarán de forma coordinada, sin consolidación de masas: los importes cuyo reconocimiento se interesa derivan de relaciones de naturaleza mercantil, no laboral, mantenidas entre los asociados de la demandante y EDESA, por lo que no tiene razón de ser pretender que FAGOR ostente la condición de deudora de los mismos: el hecho de haberse reconocido que ambas mercantiles forman parte del mismo grupo de empresas no convierte a FAGOR en deudora por razón de las aportaciones (voluntarias y obligatorias) efectuadas y participaciones suscritas por los socios de EDESA..
AP de Guipúzcoa (Sección 2ª) Sentencia num. 26/2015 de 3 febrero   JUR 2015\102906

19.
NULIDAD DE ACTUACIONES: inexistencia: providencia de deniega prueba sin motivar la razón: posibilidad de solicitarla nuevamente vía recurso: inexistencia de indefensión.
AP de Guipúzcoa (Sección 2ª) Sentencia num. 24/2015 de 2 febrero   JUR 2015\103547

20.
EJECUCIÓN FORZOSA (LECIV/2000): DINERARIA: EJECUCIÓN DE BIENES HIPOTECADOS: COMPETENCIA OBJETIVA: los bienes hipotecados objeto de ejecución hipotecaria, no estaban afectos a la actividad profesional o empresarial del deudor, no dándose en el caso debatido ese doble condicionante para declarar la competencia del Juez del Concurso, con lo que parece evidente que debe mantenerse la competencia del Juzgado de 1ª Instancia.
AP de Valencia (Sección 11ª) Auto num. 9/2015 de 26 enero   JUR 2015\102956

21.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: CULPABLE: procedencia: existencia de una irregularidad relevante contable: revalorización de los activos; determinación de las personas afectadas y de las condenas personales y de índole patrimonial.
JMerc de Oviedo (Provincia de Asturias) Sentencia de 31 marzo 2015   JUR 2015\114875

22. Sentencia anulada o casada parcialmente
DELITOS SOCIETARIOS: ADMINISTRADORES DE CUALQUIER SOCIEDAD QUE EN BENEFICIO PROPIO O DE UN TERCERO DISPONGAN FRAUDULENTAMENTE DE LOS BIENES DE LA SOCIEDAD O CONTRAIGAN OBLIGACIONES A CARGO DE ESTA: existencia. ESTAFA: OCULTACION DE CARGAS: existencia: contrato privado de compraventa de porción de finca, con la finalidad de construir y explotar hotel para pacientes y familiares anexo a centro hospitalario, ocultando al adquirente los derechos que se había reservado el Ayuntamiento al transmitir la propiedad del inmueble y las cargas a las que se había condicionado su venta. INSOLVENCIAS PUNIBLES: INSOLVENCIA CAUSADA O AGRAVADA DOLOSAMENTE POR EL DECLARADO EN CONCURSO: existencia: despatrimonialización de sociedad, al perder su principal activo que garantizaba la ejecución del proyecto, disposición en su propio beneficio de la mitad del precio obtenido por la venta de ese activo y condonación a la sociedad adquirente del pago del resto del precio.
AP de Madrid (Sección 4ª) Sentencia num. 150/2013 de 26 diciembre   JUR 2014\50852

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