Servicio de Alertas
| |
| Fecha: | 05 Febrero 2015 08:01:09 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 5 |
1.
CONCURSO: DETERMINACION DE LA MASA ACTIVA: INVENTARIO: NO INCLUSIÓN: crédito derivado de la compensación como consecuencia de servicios prestados en el ámbito de un contrato de hadling, con el crédito en favor de la concursada como consecuencia de haber sido objeto de diversas sanciones administrativos por incumplimiento por parte de la primera (la obligación de comprobar que los pasajeros disponen de visado para entrar en la Unión Europea): cláusula del contrtao de handling que le exonera de esa clase de responsabilidad.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 338/2014 de 24 noviembre JUR 2015\20712
CONCURSO: DETERMINACION DE LA MASA ACTIVA: INVENTARIO: NO INCLUSIÓN: crédito derivado de la compensación como consecuencia de servicios prestados en el ámbito de un contrato de hadling, con el crédito en favor de la concursada como consecuencia de haber sido objeto de diversas sanciones administrativos por incumplimiento por parte de la primera (la obligación de comprobar que los pasajeros disponen de visado para entrar en la Unión Europea): cláusula del contrtao de handling que le exonera de esa clase de responsabilidad.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 338/2014 de 24 noviembre JUR 2015\20712
2.
SEGURIDAD SOCIAL: Cotización: responsables del pago: responsables solidarios: Administradores: sociedad en disolución: incumplimiento del plazo de tres meses para la convocatoria de la Junta General para adoptar el acuerdo de disolución, o el concurso, si existe situación de insolvencia: exigencia de causa legal de disolución: inexistencia: improcedencia de derivación de responsabilidad.
JCA Sentencia num. 345/2014 de 31 octubre JUR 2015\20688
SEGURIDAD SOCIAL: Cotización: responsables del pago: responsables solidarios: Administradores: sociedad en disolución: incumplimiento del plazo de tres meses para la convocatoria de la Junta General para adoptar el acuerdo de disolución, o el concurso, si existe situación de insolvencia: exigencia de causa legal de disolución: inexistencia: improcedencia de derivación de responsabilidad.
JCA Sentencia num. 345/2014 de 31 octubre JUR 2015\20688
3.
CONCURSO: IMPUGNACION LISTA ACREEDORES E INVENTARIO: desestimación: acreditación facturación.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 335/2014 de 24 noviembre JUR 2015\20216
CONCURSO: IMPUGNACION LISTA ACREEDORES E INVENTARIO: desestimación: acreditación facturación.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 335/2014 de 24 noviembre JUR 2015\20216
4.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 DE JULIO): DETERMINACIÓN DE LA MASA PASIVA: CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS: LISTA DE ACREEDORES: MODIFICACIÓN: DESESTIMACIÓN: crédito que ostenta la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y que en el caso de la Administración Pública el juez del concurso está obligado a admitir la existencia y cuantía del crédito de carácter institucional reclamado por la misma, para lo que ha de atender para su reconocimiento al contenido de la correspondiente certificación administrativa, pero que en consecuencia, no incumbe a la Administración acreedora, sino a los órganos del concurso, el fijar definitivamente la condición de crédito concursal ,y dentro de éste la de privilegiado, ordinario o subordinado, o contra la masa del reclamado por aquélla.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 330/2014 de 21 noviembre JUR 2015\19820
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 DE JULIO): DETERMINACIÓN DE LA MASA PASIVA: CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS: LISTA DE ACREEDORES: MODIFICACIÓN: DESESTIMACIÓN: crédito que ostenta la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y que en el caso de la Administración Pública el juez del concurso está obligado a admitir la existencia y cuantía del crédito de carácter institucional reclamado por la misma, para lo que ha de atender para su reconocimiento al contenido de la correspondiente certificación administrativa, pero que en consecuencia, no incumbe a la Administración acreedora, sino a los órganos del concurso, el fijar definitivamente la condición de crédito concursal ,y dentro de éste la de privilegiado, ordinario o subordinado, o contra la masa del reclamado por aquélla.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 330/2014 de 21 noviembre JUR 2015\19820
5.
CONCURSO: Efectos de la declaración de concurso: Sobre los actos perjudiciales para la masa activa: Acciones de reintegración: procedencia: cesión a favor de letrado de crédito litigioso efectuada el 10 enero de 2012 siendo el concurso declarado el 18 junio de ese año, tras previa comunicación de negociaciones el mismo 10 de enero: vulneración de la "par condiciocreditorum".
JMerc de Alicante Sentencia num. 223/2014 de 23 diciembre JUR 2015\18450
CONCURSO: Efectos de la declaración de concurso: Sobre los actos perjudiciales para la masa activa: Acciones de reintegración: procedencia: cesión a favor de letrado de crédito litigioso efectuada el 10 enero de 2012 siendo el concurso declarado el 18 junio de ese año, tras previa comunicación de negociaciones el mismo 10 de enero: vulneración de la "par condiciocreditorum".
JMerc de Alicante Sentencia num. 223/2014 de 23 diciembre JUR 2015\18450
Para más información puede llamar al número 902 40 40 47 o escribir un e-mail a la dirección de correo atencionclientes@thomsonreuters.com
Editorial Aranzadi, S.A. es parte de Thomson Reuters. © Thomson Reuters (Legal) Limited
No hay comentarios:
Publicar un comentario