| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 13 Febrero 2015 08:03:35 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 2 |
1.
CONCURSO: Calificación del concurso: Fortuito: la contabilidad presentada por concursada muestra que el administrador se ha llevado de la sociedad y le adeuda 135.972,62 €: irregularidad relevante en la contabilidad de la sociedad pero no un acto encaminado conscientemente a disminuir su patrimonio: la Administración concursal y el Ministerio Fiscal en sus escritos de calificación omiten la existencia de elemento subjetivo en la conducta del administrador consistente en conocer que se está causando daño.
AP de Asturias (Sección 1ª) Sentencia num. 355/2014 de 23 diciembre JUR 2015\33575
CONCURSO: Calificación del concurso: Fortuito: la contabilidad presentada por concursada muestra que el administrador se ha llevado de la sociedad y le adeuda 135.972,62 €: irregularidad relevante en la contabilidad de la sociedad pero no un acto encaminado conscientemente a disminuir su patrimonio: la Administración concursal y el Ministerio Fiscal en sus escritos de calificación omiten la existencia de elemento subjetivo en la conducta del administrador consistente en conocer que se está causando daño.
AP de Asturias (Sección 1ª) Sentencia num. 355/2014 de 23 diciembre JUR 2015\33575
2.
CONCURSO: Calificación del concurso: Culpable: No haber manifestado con claridad en la documentación acompañada a la solicitud de concurso el motivo por el que se había trabado embargo sobre el bien inmueble de su titularidadel, haber ocultado de forma reiterada la verdadera titularidad de la explotación del negocio de residencia de ancianos que se ubica en el inmueble de su titularidad y desatención a distintos requerimientos de la administración concursal.
AP de Asturias (Sección 1ª) Sentencia num. 326/2014 de 5 diciembre JUR 2015\34069
CONCURSO: Calificación del concurso: Culpable: No haber manifestado con claridad en la documentación acompañada a la solicitud de concurso el motivo por el que se había trabado embargo sobre el bien inmueble de su titularidadel, haber ocultado de forma reiterada la verdadera titularidad de la explotación del negocio de residencia de ancianos que se ubica en el inmueble de su titularidad y desatención a distintos requerimientos de la administración concursal.
AP de Asturias (Sección 1ª) Sentencia num. 326/2014 de 5 diciembre JUR 2015\34069
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