NOTA DE PRENSA
EL PLENO DE LA SALA PRIMERA DEL TRIBUNAL
SUPREMO HA RESUELTO UN RECURSO SOBRE LAS
DENOMINADAS CLÁUSULAS SUELO
La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha estimado parcialmente un recurso de casación (485/2012) en el que se planteaba un asunto sobre las denominadas “cláusulas suelo”, con arreglo a los siguientes puntos:
1. º Se declara la nulidad de las cláusulas suelo en los casos de falta de transparencia, como acontece en los tres supuestos examinados en el asunto que resuelve.
2. º Se declara que este pronunciamiento no comporta devolución de las cantidades ya satisfechas.
3. º Se razona que este pronunciamiento no significa la nulidad de las denominadas cláusulas suelo cuando se cumplan los requisitos de transparencia respecto de los consumidores.
No se han anunciado votos particulares al fallo.
Una vez esté redactada por el magistrado ponente, la sentencia se notificará a las partes.
Comentario:(Economist & Jurist)
Esta comunicación se enmarca básicamente en el contenido del artículo 1 del Código Civil en cuanto muestra la real y augusta función de la Jurisprudencia que "complementa" el ordenamiento jurídico,y también en el artículo 3 del Código Civil, que hace patente la visualización interpretativa de la conciencia social de un momento determinado. Así la Jurisprudencia sirve a la búsqueda de lo justo, enmarcado dentro del pálpito vital de la sociedad, y a la luz del carácter informador de los primeros principios, de los que jamás debe prescindirse.
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