INFORME COPIADO DE UN AMIGO:
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De Chipre, quitas, corralitos, depósitos y fondos de inversión.
26 Marzo 2013
Los últimos acontecimientos relacionados con Chipre, sobre todo la sorprendente decisión inicial
tomada en el seno del Eurogrupo de incluir los depósitos inferiores a 100.000 euros entre los que
sufrirían una quita para financiar parte del agujero, desataron todas las alarmas entre los
ahorradores e inversores europeos. El ruido ha sido tan alto que a los eurodirigentes, no les ha
quedado más remedio que recular (acusando, eso sí, al gobierno chipriota de haber tomado la
decisión) y, de momento, parece que los depósitos inferiores a esa cifra no se tocarán.
El amigo (no sé de quién) Dijsselbloem, remató la jugada manifestando la posibilidad de que los
ahorradores paguen parte de la factura de los rescates financieros. Hoy, la confirmación por parte de
la Comisión Europea, de que se podría forzar a los depositantes con más de 100.000 euros a asumir
pérdidas en otros países, ha devuelto las ventas a los mercados de valores periféricos, que tienen los
nervios a flor de piel, y ha sembrado la intranquilidad en el resto.
Estos hechos alimentan las dudas y los miedos de muchos depositantes que en el pasado reciente,
ante una posible intervención de la economía española buscaron, los que pudieron, refugio para sus
ahorros en los llamados “territorios seguros”. No creo que ninguno de ellos se plantee una vuelta en
el corto plazo.
No es menos cierto que en los últimos años, en un intento de reforzar sus balances, las entidades
financieras iniciaron un proceso de captación agresiva (es decir con tipos por encima de mercado) de
depósitos, lo que provocó una clara salida de dinero invertido en fondos de inversión hacia ese
destino. Históricamente, Juan Español ha tenido un claro perfil de aversión al riesgo y ha preferido
instrumentos, más de ahorro que de inversión, con una rentabilidad cerrada en un plazo concreto.
Parafraseando el título de la película de Will Smith, diríamos que protagonizaba “En busca de la
tranquilidad”. Lo sucedido estos días, unido a lo acontecido con otro tipo de instrumentos que se
colocaron (en el peor sentido de la palabra) disfrazados o camuflados en muchos casos como
depósitos (léase preferentes) pone de manifiesto que la tranquilidad puede ser psicológica, pero no
real.
Los que me conocen hace tiempo saben que soy un firme defensor de los fondos de inversión como
vehículo de inversión. Son varias las razones y, sin entrar de nuevo en detalle, me centraré en tres de
ellas:
Fiscalidad: aunque hoy el tipo impositivo de ambos productos es el mismo, el fondo tiene la ventaja
del diferimiento fiscal, es decir, no tiene carga fiscal hasta que se vende el producto (ver cuadro
anexo al final de este artículo). Además, el fondo tiene la característica de exención fiscal en el
traspaso, es decir, uno puede vender un fondo y comprar otro por la misma cantidad sin pagar
impuestos por las plusvalías.
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Diversificación: por ley, los fondos de inversión deben cumplir una serie de límites a la hora de
construir la cartera, lo que asegura que no exista una excesiva concentración a un emisor
determinado (salvo aquellos que incorporan algún tipo de garantía). En el caso del depósito, el
inversor está totalmente expuesto a un único emisor, el banco al que ha prestado el dinero (y no
olvidemos que se lo ha prestado), por lo que el riesgo está más concentrado.
Seguridad jurídica y regulación: nunca en la historia de nuestro país, una sociedad gestora de fondos
(SGIIC) o un fondo de inversión han presentado problemas de impago. Ni en casos en los que el
banco matriz del grupo tuvo problemas (caso Ibercorp, o Banco Europeo de Finanzas) sucedió. En
esas ocasiones, mientras los depositantes tuvieron que esperar al FGD o a la venta de la entidad para
recuperar su dinero, los poseedores de participaciones de fondos pudieron hacer liquida su inversión
en todo momento si así lo desearon.
¿Por qué esta diferencia? Sencillo: porque la participación que el inversor tiene de ese fondo es solo
suya y los activos que conforman la cartera del mismo, pertenecen únicamente a los partícipes. Es
cierto que están custodiados por el banco depositario, pero no forman parte del balance del mismo,
ni del banco matriz en caso de ser diferente entidad jurídica, ni de la gestora. Son propiedad de los
partícipes. Para que quede claro, es lo mismo que si se poseen unas acciones de Inditex, que están
depositadas en el Banco X. Si el Banco X quiebra, nosotros recuperamos nuestras acciones y las
depositamos en una nueva entidad. Lo mismo pasa con los fondos, ya que al invertir en ellos, no
prestamos nuestro dinero al banco, simplemente compramos un activo (que es nuestro) y que
depositamos en él.
Es cierto que el nombre “depósito bancario” podría inducir a hacer la misma deducción (si es un
depósito…), pero la diferencia es abismal. Cuando alguien hace un depósito en un banco, se
convierte en acreedor del mismo, es decir, ha prestado su dinero a la entidad, que pasa a integrarlo
en su balance como deuda. Si la entidad tiene problemas, existe el riesgo de no recuperar el dinero.
Bien es cierto que el Fondo de Garantía de Depósitos los cubre, pero sólo aquellos que no superan la
cifra de 100.000 euros (o eso pensábamos hasta el revuelo de la decisión inicial en el asunto Chipre).
Por eso afirmo que la regulación y la propia estructura de los fondos de inversión dan una alta
protección y seguridad a los partícipes. Pero no es oro todo lo que reluce. A la hora de afrontar una
inversión en fondos, hemos de ser conscientes de que las Instituciones de Inversión Colectiva
(fondos) registradas en la CNMV para su comercialización en España se cuentan por miles. Por lógica,
entre todas esas opciones hay de todo: muy bueno, bueno, regular, malo, peor e innombrables.
Por tanto, hacer una selección adecuada para decidir donde vamos a poner nuestro dinero es
fundamental. Desgraciadamente, muchas veces no es fácil llegar hasta el fondo (valga la
redundancia) del asunto, ya que la cartera de una IIC a la que se puede tener acceso, nada tiene que
ver con lo que realmente tiene en ese momento (los documentos publicados tienen normalmente
retrasos de tres meses o más) y sólo si se tiene capacidad para llegar directamente a la gestora, se
puede tener un conocimiento más exacto. Por otro lado, conocer el estilo de gestión, qué tipo de
herramientas de análisis usan los gestores, cuál es su proceso de toma de decisiones, qué sistemas
de control de riesgo aplican, etc., etc., queda fuera del alcance del inversor particular.
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Menciono esto para llegar a un ejemplo que tiene relación con todo lo anterior. Tras la decisión de
penalizar el extratipo de los depósitos, muchas entidades han virado su estrategia para ofrecer
fondos de inversión que, a su vez, invertían en depósitos. ¡Pues ojo!, porque si nos decidimos por
uno de esos productos estaremos, indirectamente, cayendo en el riesgo que hemos descrito más
arriba porque tendremos un fondo que, si el banco quiebra, no recuperará ni una mínima parte de
los depósitos porque además la cobertura de 100.000 euros no es, en este caso, de aplicación.
Hay que tener cuidado por tanto, no sea que nos encontremos dentro de un producto como los de la
noticia que copio a continuación:
La noticia, del diario Expansión, es para poner los pelos de punta, pero es sólo el titular. Si se lee un
poco más se descubre que existe un fondo que, para más sorna, se llama Fondlibreta III 2014, que es
un garantizado con pago trimestral de rentas, que tiene un ¡95,03% de su patrimonio en activos
emitidos por el grupo! Creo que no hacen falta más comentarios, pero imagínense que hubiera
pasado con los inversores en ese fondo de no haber sido Bankia intervenida por el FROB y no haber
dispuesto de las ayudas ya conocidas. De hecho a pesar de esas ayudas, según termine el asunto, la
parte invertida en deuda subordinada sufrirá quitas en el porcentaje que se determine y por tanto
los partícipes sufrirán pérdidas. Por si alguien tiene interés adjunto copia del artículo completo, pero
les aseguro que este patrón se repite, en mayor o menor medida, en la mayoría de grupos
financieros.
Este es sólo un ejemplo más de porqué es importante contar con asesoramiento independiente
que, partiendo de un conocimiento profundo del cliente y de su perfil de riesgo, ayude a diseñar la
cartera que mejor se ajusta al mismo, realice un estudio de los diferentes productos que deben
constituir la misma buscando la máxima calidad, porque su único interés es el beneficio del cliente, y
que, además, analice los riesgos de cada uno de ellos, consiguiendo evitar aquellos que son excesivos
o no están suficientemente remunerados.
Feliz Semana Santa.
Rafael Juan y Seva.
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ANEXO I
DEPOSITOS Intereses tramo1 tramo 2 tramo 3 Impuestos Rdto.
Inversión año rtbdad. generados Base IRPF 21% 25% 27% totales neto
1.000.000 2013 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
1.029.920 2014 4% 41.197 41.197 1.260 4.500 4.643 10.403 30.794
1.060.714 2015 4% 42.429 42.429 1.260 4.500 4.976 10.736 31.693
1.092.407 2016 4% 43.696 43.696 1.260 4.500 5.318 11.078 32.618
1.125.025 2017 4% 45.001 45.001 1.260 4.500 5.670 11.430 33.571
212.323 53.727 158.595
FONDOS Revaloriz. Base tramo1 tramo 2 tramo 3 Impuestos Rdto.
Inversión año rtbdad. generada IRPF 21% 25% 27% totales neto
1.000.000 2013 4% 40.000 0 0 0 0 0 40.000
1.040.000 2014 4% 41.600 0 0 0 0 0 41.600
1.081.600 2015 4% 43.264 0 0 0 0 0 43.264
1.124.864 2016 4% 44.995 0 0 0 0 0 44.995
1.169.859 2017 4% 46.794 0 0 0 0 0 46.794
216.653 0 216.653
DEPOSITOS Intereses tramo1 tramo 2 tramo 3 Impuestos Rdto.
Inversión año rtbdad. generados Base IRPF 21% 25% 27% totales neto
1.000.000 2013 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
1.000.000 2014 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
1.000.000 2015 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
1.000.000 2016 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
1.000.000 2017 4% 40.000 40.000 1.260 4.500 4.320 10.080 29.920
200.000 50.400 149.600
FONDOS Revaloriz. Base tramo1 tramo 2 tramo 3 Impuestos Rdto.
Inversión año rtbdad. generada IRPF (*) 21% 25% 27% totales neto
1.000.000 2013 4% 40.000 1.538,46 323,08 0 0 323,08 39.676,92
1.000.000 2014 4% 40.000 3.017,75 633,73 0 0 633,73 39.366,27
1.000.000 2015 4% 40.000 4.440,15 932,43 0 0 932,43 39.067,57
1.000.000 2016 4% 40.000 5.807,83 1.219,64 0 0 1.219,64 38.780,36
1.000.000 2017 4% 40.000 7.122,92 1.260,00 280,73 0 1.540,73 38.459,27
200.000 4.650 195.350
(*) Se asume el reembolso necesario para la percepción de la revalorización generada
COMPARACION EFECTO IMPOSITIVO POR INVERSIONES EN FONDOS vs DEPÓSITOS
A.- Acumulación de rentas
B.- Disposición de rentas
(suponiendo que se mantiene la actual tributación)
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