| Servicio de Alertas |
Fecha: | 31 Mayo 2017 07:01:37 GMT |
Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
Búsqueda: | Derecho Concursal |
Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
Número de documentos encontrados: | 1 |
1.
INEXISTENCIA DE SUCESIÓN EMPRESARIAL: adjudicación judicial de una unidad productiva durante la tramitación de un concurso, con obligación de subrogación de parte de la plantilla, en la que se establece la exclusión de responsabilidad para la adquirente respecto a las deudas laborales de la transmitente, en aplicación del art. 148 de la Ley concursal y del art. 5.1 de la Directiva 2001/23/CE; en consecuencia, la empresa adquirente no es responsable del despido del trabajador demandante no incluido en la lista de empleados a subrogar.
TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 799/2017 de 6 febrero JUR 2017\111114
INEXISTENCIA DE SUCESIÓN EMPRESARIAL: adjudicación judicial de una unidad productiva durante la tramitación de un concurso, con obligación de subrogación de parte de la plantilla, en la que se establece la exclusión de responsabilidad para la adquirente respecto a las deudas laborales de la transmitente, en aplicación del art. 148 de la Ley concursal y del art. 5.1 de la Directiva 2001/23/CE; en consecuencia, la empresa adquirente no es responsable del despido del trabajador demandante no incluido en la lista de empleados a subrogar.
TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 799/2017 de 6 febrero JUR 2017\111114
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