| Servicio de Alertas |
Fecha: | 16 Mayo 2017 07:01:18 GMT |
Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
Búsqueda: | Derecho Concursal |
Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
Número de documentos encontrados: | 3 |
1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACIÓN: APROBACIÓN DEL PLAN: no se considera procedente introducir modificación alguna en el mismo, al considerar que ninguna de las alegaciones se refieren a propuestas de modificación de las operaciones liquidatorias.
JMerc de Valencia Auto de 11 abril 2017 JUR 2017\101109
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACIÓN: APROBACIÓN DEL PLAN: no se considera procedente introducir modificación alguna en el mismo, al considerar que ninguna de las alegaciones se refieren a propuestas de modificación de las operaciones liquidatorias.
JMerc de Valencia Auto de 11 abril 2017 JUR 2017\101109
2.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACIÓN: APROBACIÓN DEL PLAN: modificaciones: enajenación de los bienes afectos a privilegio especial conforme a venta directa, gastos derivados de la realización de los bienes y enajenación de los bienes inmuebles relacionados en el inventario afectos a privilegio especial conforme a subasta pública.
JMerc de Valencia Auto de 11 abril 2017 JUR 2017\101108
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACIÓN: APROBACIÓN DEL PLAN: modificaciones: enajenación de los bienes afectos a privilegio especial conforme a venta directa, gastos derivados de la realización de los bienes y enajenación de los bienes inmuebles relacionados en el inventario afectos a privilegio especial conforme a subasta pública.
JMerc de Valencia Auto de 11 abril 2017 JUR 2017\101108
3.
CONCURSO: DETERMINACIÓN MASA PASIVA: CALIFICACIÓN DE CRÉDITOS: crédito por intereses de préstamo hipotecario devengados desde la declaración de concurso hasta la celebración de la subasta son crédito con privilegio especial cubiertos por la garantía hipotecaria.
JPI de Vitoria (Provincia de Álava) Sentencia num. 7/2017 de 18 enero JUR 2017\75081
CONCURSO: DETERMINACIÓN MASA PASIVA: CALIFICACIÓN DE CRÉDITOS: crédito por intereses de préstamo hipotecario devengados desde la declaración de concurso hasta la celebración de la subasta son crédito con privilegio especial cubiertos por la garantía hipotecaria.
JPI de Vitoria (Provincia de Álava) Sentencia num. 7/2017 de 18 enero JUR 2017\75081
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