| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 09 Marzo 2017 08:01:29 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 6 |
1.
CONCURSO: OPOSICION A LA RENDICION DE CUENTAS PRESENTADA POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL: ESTIMACION: determinación del carácter de honorarios imprescindibles de la administración concursal, así como su importe, y, posteriormente, y en su caso, que la administración concursal reintegre a la masa la cantidad percibida por honorarios en exceso y, con ello, efectuar pagos conforme al orden recogido en el artículo 176 bis LC.
AP de Álava (Sección 1ª) Sentencia num. 363/2016 de 18 noviembre AC 2016\2340
CONCURSO: OPOSICION A LA RENDICION DE CUENTAS PRESENTADA POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL: ESTIMACION: determinación del carácter de honorarios imprescindibles de la administración concursal, así como su importe, y, posteriormente, y en su caso, que la administración concursal reintegre a la masa la cantidad percibida por honorarios en exceso y, con ello, efectuar pagos conforme al orden recogido en el artículo 176 bis LC.
AP de Álava (Sección 1ª) Sentencia num. 363/2016 de 18 noviembre AC 2016\2340
2.
CONCURSO: PAGO A ACREEDORES: PLAN DE PAGOS: OPOSICION: ESTIMACION: declarada la insuficiencia del activo por la administración concursal, el reconocimiento de derechos efectuado por la STS de 10 de junio de 2015, declaró que la TGSS tiene derecho a que se le pague su crédito contra la masa con arreglo al criterio del vencimiento.
AP de Guipúzcoa (Sección 2ª) Sentencia num. 292/2016 de 18 noviembre AC 2016\2339
CONCURSO: PAGO A ACREEDORES: PLAN DE PAGOS: OPOSICION: ESTIMACION: declarada la insuficiencia del activo por la administración concursal, el reconocimiento de derechos efectuado por la STS de 10 de junio de 2015, declaró que la TGSS tiene derecho a que se le pague su crédito contra la masa con arreglo al criterio del vencimiento.
AP de Guipúzcoa (Sección 2ª) Sentencia num. 292/2016 de 18 noviembre AC 2016\2339
3.
CONCURSO: ACCIONES DE REINTEGRACION: DESESTIMACION: respecto del reconocimiento y abono de las indemnizaciones percibidas por los trabajadores de la concursada con anterioridad a la declaración de concurso por extinción colectiva de su contrato de trabajo por causas económicas: acción dirigida tanto frente a los trabajadores despedidos como frente a la empresa contratante de los antiguos trabajadores: inexistencia de sucesión de empresas.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 19/2017 de 5 enero JUR 2017\24159
CONCURSO: ACCIONES DE REINTEGRACION: DESESTIMACION: respecto del reconocimiento y abono de las indemnizaciones percibidas por los trabajadores de la concursada con anterioridad a la declaración de concurso por extinción colectiva de su contrato de trabajo por causas económicas: acción dirigida tanto frente a los trabajadores despedidos como frente a la empresa contratante de los antiguos trabajadores: inexistencia de sucesión de empresas.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 19/2017 de 5 enero JUR 2017\24159
4.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACION: APROBACION DEL PLAN: PROCEDENCIA: introducción de modificaciones: gastos, realización de bienes y posibilidad para los titulares de los créditos con privilegio especial de solicitar a la AC la cesión o dación en pago de los inmuebles según permite el artículo 155.4 LC; subasta judicial: en caso de subasta desierta, se aplicará el artículo 671 LEC y se admite la posibilidad de cesión de remate a acreedor privilegiado especial.
JMerc de Valencia Auto de 22 diciembre 2016 JUR 2017\13320
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACION: APROBACION DEL PLAN: PROCEDENCIA: introducción de modificaciones: gastos, realización de bienes y posibilidad para los titulares de los créditos con privilegio especial de solicitar a la AC la cesión o dación en pago de los inmuebles según permite el artículo 155.4 LC; subasta judicial: en caso de subasta desierta, se aplicará el artículo 671 LEC y se admite la posibilidad de cesión de remate a acreedor privilegiado especial.
JMerc de Valencia Auto de 22 diciembre 2016 JUR 2017\13320
5.
MEDIDAS CAUTELARES (LECIV/2000): IMPROCEDENCIA: medidas accesorias a una pretensión que es declarativa de nulidad o ineficacia: ausencia de apariencia de buen derecho; «inautida parte»: improcedencia: concurso de acreedores: la demandante no explicita qué razones le han impedido interponer ya la demanda rescisoria o de nulidad que anuncia; la solicitante de las medidas ha dejado transcurrir más de un año desde la iniciación del procedimiento arbitral, dejando que este último prosiga su tramitación sin haber instado de este órgano la medida que ahora se pide; falta de cumplimiento del requisito de la instrumentalidad de la tutela cautelar. CONCURSO (Ley 22/2003, de 9 julio): EFECTOS SOBRE LOS ACREEDORES: PROCEDIMIENTOS ARBITRFAKES: el arbitraje se hallaba ya iniciado cuando el concurso de declaró, por lo que viene en aplicación el segundo párrafo del artículo 52 LC, que ordena su continuación hasta la firmeza del laudo.
JMerc de Madrid Auto de 21 noviembre 2016 JUR 2017\17802
MEDIDAS CAUTELARES (LECIV/2000): IMPROCEDENCIA: medidas accesorias a una pretensión que es declarativa de nulidad o ineficacia: ausencia de apariencia de buen derecho; «inautida parte»: improcedencia: concurso de acreedores: la demandante no explicita qué razones le han impedido interponer ya la demanda rescisoria o de nulidad que anuncia; la solicitante de las medidas ha dejado transcurrir más de un año desde la iniciación del procedimiento arbitral, dejando que este último prosiga su tramitación sin haber instado de este órgano la medida que ahora se pide; falta de cumplimiento del requisito de la instrumentalidad de la tutela cautelar. CONCURSO (Ley 22/2003, de 9 julio): EFECTOS SOBRE LOS ACREEDORES: PROCEDIMIENTOS ARBITRFAKES: el arbitraje se hallaba ya iniciado cuando el concurso de declaró, por lo que viene en aplicación el segundo párrafo del artículo 52 LC, que ordena su continuación hasta la firmeza del laudo.
JMerc de Madrid Auto de 21 noviembre 2016 JUR 2017\17802
6.
CONCURSO DE ACREEDORES: CREDITOS CONTRA LA MASA: Procedencia: Plan de pensiones formalizado durante el concurso.
JPII de Huesca Sentencia de 23 diciembre JUR 2017\27187
CONCURSO DE ACREEDORES: CREDITOS CONTRA LA MASA: Procedencia: Plan de pensiones formalizado durante el concurso.
JPII de Huesca Sentencia de 23 diciembre JUR 2017\27187
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