| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 01 Agosto 2016 07:01:16 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 1 |
1.
INCOMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN LABORAL: es competente el Juzgado de lo Mercantil para conocer de la extinción colectiva de contratos de trabajadores de una empresa declarada en concurso, cuando previamente algunos de dichos trabajadores han formulado demanda de extinción del contrato de trabajo, ante el Juzgado de lo Social, al amparo del artículo 50.1 b) ET y dicha demanda no ha sido aún resuelta.
TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 3044/2016 de 17 mayo JUR 2016\155188
INCOMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN LABORAL: es competente el Juzgado de lo Mercantil para conocer de la extinción colectiva de contratos de trabajadores de una empresa declarada en concurso, cuando previamente algunos de dichos trabajadores han formulado demanda de extinción del contrato de trabajo, ante el Juzgado de lo Social, al amparo del artículo 50.1 b) ET y dicha demanda no ha sido aún resuelta.
TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 3044/2016 de 17 mayo JUR 2016\155188
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