Buscar

martes, 24 de mayo de 2016

Derecho CONCURSAL

Servicio de Alertas
Fecha: 24 Mayo 2016 07:01:13 GMT
Tipo de contenido: Legislación y Jurisprudencia
Búsqueda: Derecho Concursal
Nombre de la alerta: Derecho CONCURSAL
Número de documentos encontrados: 2
: Documentos modificados o cuya vigencia ha cambiado.

1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACION: APROBACION DEL PLAN: la impugnación del plan de liquidación no puede sostenerse en el particular interés del acreedor con privilegio especial, siempre que se respeten las limitaciones impuestas por el artículo 155.4 LC: no resultan de aplicación al concurso las facultades establecidas a favor del ejecutante en los procesos de ejecución singular, ya que no nos encontramos ante una ejecución singular ni el acreedor privilegiado ostenta la condición de "ejecutante"; exención de los gastos derivados de la intervención de entidad especializada: el plan de liquidación puede considerar las ventajas e inconvenientes de acudir a un sistema u otro de realización de bienes y atribuir los gastos según se estime más adecuado a las circunstancias concretas; venta por entidad especializada en la LEC como modo alternativo de realización de bienes y su finalidad; la entidad especializada no es un auxiliar de la administración concursal; las normas generales sobre la administración concursal no suplen las reglas especialmente establecidas por el legislador para las operaciones de liquidación, convirtiendo en imperativas las que expresamente tienen carácter dispositivo.
AP de Madrid Auto num. 58/2016 de 11 abril   JUR 2016\109285

2.
CONCURSO DE ACREEDORES: CALIFICACION: CULPABLE: PROCEDENCIA: falta de llevanza de contabilidad: relevancia cuantitativa y cualitativa: omisión de todo dato, desconocimiento de la realidad, la facturación, el pasivo: no existe información de las masas para elaborar las cuentas anuales.
JMerc de Bilbao (Provincia de Vizcaya) Sentencia num. 56/2016 de 15 febrero   JUR 2016\87771

Para más información puede llamar al número 902 404 047 - 947 245 070 o escribir un e-mail a la dirección de correo atencionclientes@thomsonreuters.com

Editorial Aranzadi, S.A. es parte de Thomson Reuters. © Thomson Reuters (Legal) Limited

No hay comentarios:

Publicar un comentario