| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 01 Mayo 2016 07:00:43 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 2 |
1.
COMPRAVENTA CIVIL: RESOLUCION: ESTIMACION: INCUMPLIMIENTO DEL VENDEDOR: FALTA DE ENTREGA DE LA COSA VENDIDA: finca en proceso de urbanización: vendedora declarada en concurso de acreedores: resolución contractual procedente en la medida que se ha consumado el incumplimiento de la vendedora por lo que se trata de un incumplimiento posterior al convenio concursal.
AP de Tarragona (Sección 1ª) Sentencia num. 40/2016 de 11 enero JUR 2016\63370
COMPRAVENTA CIVIL: RESOLUCION: ESTIMACION: INCUMPLIMIENTO DEL VENDEDOR: FALTA DE ENTREGA DE LA COSA VENDIDA: finca en proceso de urbanización: vendedora declarada en concurso de acreedores: resolución contractual procedente en la medida que se ha consumado el incumplimiento de la vendedora por lo que se trata de un incumplimiento posterior al convenio concursal.
AP de Tarragona (Sección 1ª) Sentencia num. 40/2016 de 11 enero JUR 2016\63370
2.
CONCURSO: FASE DE LIQUIDACION: PAGO A ACREEDORES: exoneración del pasivo insatisfecho: estimación: vigente la ley concursal con el texto modificado por la ley 14/2013, y conforme a ella, los concursados podían acceder a la exoneración sin necesidad de plantear previamente el acuerdo extrajudicial de pagos.
JMerc de Palma de Mallorca (Provincia de Islas Baleares) Sentencia num. 62/2016 de 3 marzo JUR 2016\83282
CONCURSO: FASE DE LIQUIDACION: PAGO A ACREEDORES: exoneración del pasivo insatisfecho: estimación: vigente la ley concursal con el texto modificado por la ley 14/2013, y conforme a ella, los concursados podían acceder a la exoneración sin necesidad de plantear previamente el acuerdo extrajudicial de pagos.
JMerc de Palma de Mallorca (Provincia de Islas Baleares) Sentencia num. 62/2016 de 3 marzo JUR 2016\83282
Para más información puede llamar al número 902 404 047 - 947 245 070 o escribir un e-mail a la dirección de correo atencionclientes@thomsonreuters.com
Editorial Aranzadi, S.A. es parte de Thomson Reuters. © Thomson Reuters (Legal) Limited
No hay comentarios:
Publicar un comentario