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miércoles, 23 de diciembre de 2015

Extinción de la obligación de alimentos por insolvencia. STS 2-12-2015

Modificación de medidas. El TS declara extinguida la obligación de pago de alimentos respecto ante los alimentos de un hijo mayor de edad, de veintidós años, cuyo mínimo vital se enfrenta al de su padre prácticamente insolvente (ingresa menos de cuatrocientos euros al mes, frente a los mil cien euros al mes que recibía en el momento del divorcio), que no puede prestarlos.

Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de diciembre de 2015 (D. José Antonio Seijas Quintana).

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Blog: Notas de Jurisprudencia y Doctrina Civil, Mercantil, Penal, Social y Procesal 
Entrada: Modificación de medidas. El TS declara extinguida la obligación de pago de alimentos respecto ante los alimentos de un hijo mayor de edad, de veintidós años, cuyo mínimo vital se enfrenta al de su padre prácticamente insolvente (ingresa menos de cuatrocientos euros al mes, frente a los mil cien euros al mes que recibía en el momento del divorcio), que no puede prestarlos. 
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