| | Servicio de Alertas |
| Fecha: | 29 Octubre 2015 07:02:18 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 3 |
1.
CONCURSO: CONCLUSION: exoneración del pasivo concursal no satisfecho calificado en el concurso como ordinario o subordinado: cumplimiento de todos los requisitos formales y materiales para proceder a la exoneración provisional del pasivo concursal insatisfecho conforme al artículo 178 bis párrafo 5.
JMerc de Barcelona Auto de 1 octubre 2015 JUR 2015\241635
CONCURSO: CONCLUSION: exoneración del pasivo concursal no satisfecho calificado en el concurso como ordinario o subordinado: cumplimiento de todos los requisitos formales y materiales para proceder a la exoneración provisional del pasivo concursal insatisfecho conforme al artículo 178 bis párrafo 5.
JMerc de Barcelona Auto de 1 octubre 2015 JUR 2015\241635
2.
CONTRATOS: RESCISION POR FRAUDE DE ACREEDORES: PROCEDENCIA: salida de bienes del patrimonio de la concursada sin correlativa entrada del precio que se hizo figurar en las escrituras: falta de acreditación del ingreso del importe de los cheques a través de los cuales se instrumentó el pago en ambas operaciones; consilium fraudis: compraventa simulada.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 77/2014 de 7 marzo JUR 2015\154703
CONTRATOS: RESCISION POR FRAUDE DE ACREEDORES: PROCEDENCIA: salida de bienes del patrimonio de la concursada sin correlativa entrada del precio que se hizo figurar en las escrituras: falta de acreditación del ingreso del importe de los cheques a través de los cuales se instrumentó el pago en ambas operaciones; consilium fraudis: compraventa simulada.
AP de Madrid (Sección 28ª) Sentencia num. 77/2014 de 7 marzo JUR 2015\154703
3.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): calificación del concurso: culpable: estimación: incumplimiento por parte del deudor del deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a tener conocimiento de la situación de insolvencia: acreditación que la tardanza agravó la situación de insolvencia de la deudora perjudicando las expectativas de cobro de sus acreedores.
AP de Valladolid (Sección 3ª) Sentencia num. 4/2014 de 9 enero JUR 2014\28153
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): calificación del concurso: culpable: estimación: incumplimiento por parte del deudor del deber de solicitar la declaración de concurso dentro de los dos meses siguientes a tener conocimiento de la situación de insolvencia: acreditación que la tardanza agravó la situación de insolvencia de la deudora perjudicando las expectativas de cobro de sus acreedores.
AP de Valladolid (Sección 3ª) Sentencia num. 4/2014 de 9 enero JUR 2014\28153
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