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viernes, 30 de enero de 2015

Derecho CONCURSAL


Servicio de Alertas
Fecha: 30 Enero 2015 08:03:36 GMT
Tipo de contenido: Legislación y Jurisprudencia
Búsqueda: Derecho Concursal
Nombre de la alerta: Derecho CONCURSAL
Número de documentos encontrados: 2
: Documentos modificados o cuya vigencia ha cambiado.

1.
LEGITIMACION ACTIVA: IMPROCEDENCIA: administración concursal: acción directamente ejercitada, sin haber acreditado la concurrencia de los presupuestos establecidos en el artículo 54.2 de la Ley Concursal (negativa a su ejercicio por parte de la entidad concursada y autorización judicial concreta), así como tampoco que al tiempo en que fue promovida la demanda se hubiera abierto ya la fase de liquidación, o que lo hubiera sido con posterioridad.
AP de Salamanca (Sección 1ª) Sentencia num. 245/2014 de 14 octubre   JUR 2015\5413

2.
CONCURSO: ADMINISTRADORES CONCURSALES: RESPONSABILIDAD: desestimación: reclamación de daños y perjuicios por un acto injustificado, después de haber realizado todo el trabajo de mediación a que se había comprometido en el contrato, lo que le impide cobrar los honorarios pactados: administradora que actúa dentro de las facultades propias y genuinas de su cargo de administradora concursal, y, por ende, no es ella la responsable directa frente a la intermediaria: falta de legitimación pasiva "ad causam".
AP de Madrid (Sección 21ª) Sentencia num. 530/2014 de 25 noviembre   JUR 2015\17592

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