Servicio de Alertas
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| Fecha: | 21 Octubre 2014 07:01:36 GMT |
| Tipo de contenido: | Legislación y Jurisprudencia |
| Búsqueda: | Derecho Concursal |
| Nombre de la alerta: | Derecho CONCURSAL |
| Número de documentos encontrados: | 6 |
1.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CREDITOS CONTRA LA MASA: improcedencia: créditos de la SS devengados tras la aprobación del convenio: inaplicación de la reforma operada en el art. 84.2.5 LC por Ley 38/2011.
AP de Navarra (Sección 3ª) Sentencia num. 173/2014 de 2 julio JUR 2014\230292
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CREDITOS CONTRA LA MASA: improcedencia: créditos de la SS devengados tras la aprobación del convenio: inaplicación de la reforma operada en el art. 84.2.5 LC por Ley 38/2011.
AP de Navarra (Sección 3ª) Sentencia num. 173/2014 de 2 julio JUR 2014\230292
2.
RECURSO DE APELACION (LECIV/2000): ADMISION A TRAMITE: procedencia: concurso: recurso de apelación que se interpone ante una sentencia dictada en la sección de calificación de un proceso concursal y por la que, tras calificar el concurso como culpable, se condena al administrador de la sociedad concursada: el legislador pretende excluir del devengo de la tasa o, al menos reducir o limitar el importe, tanto las actuaciones judiciales de carácter penal como aquellas que, sin serlo, se asemejan en sus efectos a las practicadas en dicho orden o afectan al interés público.
AP de Pontevedra (Sección 1ª) Auto num. 152/2014 de 31 julio JUR 2014\255271
RECURSO DE APELACION (LECIV/2000): ADMISION A TRAMITE: procedencia: concurso: recurso de apelación que se interpone ante una sentencia dictada en la sección de calificación de un proceso concursal y por la que, tras calificar el concurso como culpable, se condena al administrador de la sociedad concursada: el legislador pretende excluir del devengo de la tasa o, al menos reducir o limitar el importe, tanto las actuaciones judiciales de carácter penal como aquellas que, sin serlo, se asemejan en sus efectos a las practicadas en dicho orden o afectan al interés público.
AP de Pontevedra (Sección 1ª) Auto num. 152/2014 de 31 julio JUR 2014\255271
3.
SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: ADMINISTRADORES: RESPONSABILIDAD: estimación: incumplimiento del deber de promover la disolución: obligación solidaria de responder de las deudas sociales.
AP de Burgos (Sección 3ª) Sentencia num. 187/2014 de 23 julio JUR 2014\243145
SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA: ADMINISTRADORES: RESPONSABILIDAD: estimación: incumplimiento del deber de promover la disolución: obligación solidaria de responder de las deudas sociales.
AP de Burgos (Sección 3ª) Sentencia num. 187/2014 de 23 julio JUR 2014\243145
4.
CONCURSO CULPABLE: estimación: administrador que dolosamente ha generado una insolvencia agravada posteriormente: efectos: inhabilitación y pérdida de derechos.
AP de A Coruña (Sección 4ª) Sentencia num. 217/2014 de 27 junio JUR 2014\218519
CONCURSO CULPABLE: estimación: administrador que dolosamente ha generado una insolvencia agravada posteriormente: efectos: inhabilitación y pérdida de derechos.
AP de A Coruña (Sección 4ª) Sentencia num. 217/2014 de 27 junio JUR 2014\218519
5.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 DE JULIO): CALIFICACIÓN DEL CONCURSO: CULPABLE: ESTIMACIÓN: "CASO AFINSA": presupuestos: incumplimiento contable relevante en la contabilización de mandatos de compra, de venta y de intermediación: los compromisos contractuales a futuro de la concursada para con sus clientes debía tener reflejo contable en el pasivo de la concursada, circunstancia omitida en la contabilidad analizada; irregularidad grave en el activo: AFINSA conocía y sabía de sus compromisos de compra adquiridos con terceros, de sus fechas de vencimiento y de sus importes, manteniendo constante vigencia de los contratos con clientes, el riesgo y ventura de la operación en su patrimonio; circunstancias contablemente relevantes que carecían de constancia en sus cuentas anuales, especialmente en balance y en memoria; salida fraudulenta de bienes del patrimonio del deudor: la concursada contabilizada la filatelia adquirida con una importante sobrevaloración respecto a su valor de adquisición de mercado; inhabilitación de administradores: pago mancomunado a los acreedores concursales y contra la masa, en concepto de déficit patrimonial: la omisión de la solicitud de concurso supone una desatención negligente de los deberes esenciales del administrador social; por lo que puede y debe apreciarse en la conducta de los tres administradores sociales integrantes del consejo.
JMerc de Madrid Sentencia de 30 septiembre 2014 JUR 2014\249775
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 DE JULIO): CALIFICACIÓN DEL CONCURSO: CULPABLE: ESTIMACIÓN: "CASO AFINSA": presupuestos: incumplimiento contable relevante en la contabilización de mandatos de compra, de venta y de intermediación: los compromisos contractuales a futuro de la concursada para con sus clientes debía tener reflejo contable en el pasivo de la concursada, circunstancia omitida en la contabilidad analizada; irregularidad grave en el activo: AFINSA conocía y sabía de sus compromisos de compra adquiridos con terceros, de sus fechas de vencimiento y de sus importes, manteniendo constante vigencia de los contratos con clientes, el riesgo y ventura de la operación en su patrimonio; circunstancias contablemente relevantes que carecían de constancia en sus cuentas anuales, especialmente en balance y en memoria; salida fraudulenta de bienes del patrimonio del deudor: la concursada contabilizada la filatelia adquirida con una importante sobrevaloración respecto a su valor de adquisición de mercado; inhabilitación de administradores: pago mancomunado a los acreedores concursales y contra la masa, en concepto de déficit patrimonial: la omisión de la solicitud de concurso supone una desatención negligente de los deberes esenciales del administrador social; por lo que puede y debe apreciarse en la conducta de los tres administradores sociales integrantes del consejo.
JMerc de Madrid Sentencia de 30 septiembre 2014 JUR 2014\249775
6.
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): convenio: incumplimiento: procedencia: existencia de incumplimiento de lo previsto en el Convenio por falta de pago a los acrredores del importe acordado en el convenio, en el momento establecido.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 512/2012 de 9 octubre JUR 2013\112488
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): convenio: incumplimiento: procedencia: existencia de incumplimiento de lo previsto en el Convenio por falta de pago a los acrredores del importe acordado en el convenio, en el momento establecido.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 512/2012 de 9 octubre JUR 2013\112488
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