Inicio del mensaje reenviado:
Asunto: Derecho CONCURSALFecha: 26 de junio de 2014 08:02:47 GMT+2
SERVICIO DE ALERTASFecha: 26 Junio 2014 06:02:07 GMT Tipo de contenido: Legislación y Jurisprudencia Búsqueda: Derecho Concursal Nombre de la alerta: Derecho CONCURSAL Número de documentos encontrados: 8 : Documentos modificados o cuya vigencia ha cambiado.
1.Caso Caixabank S.A.![]()
![]()
![]()
![]()
CONTRATO BANCARIO DE DESCUENTO: Concepto y alcance.CONCURSO (Ley 22/2003, de 9 julio): EFECTOS DE LA DECLARACION DE CONCURSO SOBRE LOS ACTOS PERJUDICIALES PARA LA MASA ACTIVA: ACCIONES DE REINTEGRACION: IMPROCEDENCIA: Operación de descuento de pagaré y letras de cambio por las entidades bancarias demandadas antes de la declaración de concurso, por créditos no vencidos de la concursada contra un tercero, recibiendo a cambio en cesión " pro solvendo" el derecho incorporado al título valor: el pago de la deuda a su vencimiento por el deudor cedido da derecho a las descontantes a cobrarse el crédito sin que haya que reintegrarlo a la masa por la administración concursal, que debió calificarlo como contingente y no como ordinario al estar suspensivamente condicionado al supuesto de cumplimiento o no por el deudor cedido.
TS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Caso Caixabank S.A. . Sentencia num. 238/2014 de 26 mayo RJ 2014\2831
2.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: culpable: procedencia: llevanza de una contabilidad no ajustada a los criterios legales dejando de hacer constar importantes bienes: irregularidades que no permiten conocer la verdadera situación financiera de la mercantil.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 166/2014 de 21 mayo JUR 2014\168000
3.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): determinación de la masa pasiva: reconocimiento de créditos: crédito contra la masa: procedencia: contestación a la demanda admitida una vez incoado el concurso.
AP de Zaragoza (Sección 5ª) Sentencia num. 160/2014 de 20 mayo JUR 2014\169005
4.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE CONVENIO: aprobación judicial del convenio: oposición: improcedencia: posibilidad de oponerse al concurso los acreedores: supuestos del art. 128 LC: concurrencia cumulativa y no alternativa; propuesta no condicionada.
JMerc de Vigo (Provincia de Pontevedra) Sentencia de 30 mayo 2014 JUR 2014\170462
5.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: fortuito: procedencia: falta de acreditación de relación causal entre el retraso en la petición del concurso y el agravamiento de la insolvencia.
JMerc de Bilbao (Provincia de Vizcaya) Sentencia de 28 mayo 2014 JUR 2014\170463
6.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): FASE DE LIQUIDACION: aprobación del plan de liquidación: no procede reservar el trámite de aprobación del plan de liquidación para tratar de modificar el inventario de bienes y derechos de la sociedad concursada, o el listado de acreedores; las actuaciones cuya ejecución demande conocimientos ajenos a los administradores podrán, en principio, ser asumidas por personas externas: la designación de otro Letrado para la dirección técnica podrá hacerse a tenor de cada caso concreto o de supuesto específico.
JMerc de Palma de Mallorca (Provincia de Islas Baleares) Auto de 19 mayo 2014 JUR 2014\170460
7.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): ADMINISTRADORES CONCURSALES: retribución: determinación: cuantía que resulta de la aplicación de las normas arancelarias: cálculos: moderación de porcentajes.
JMerc de Palma de Mallorca (Provincia de Islas Baleares) Auto de 19 mayo 2014 JUR 2014\170457
8.![]()
![]()
CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): CALIFICACION: FORTUITO: procedencia: apertura de la liquidación no producida de oficio como consecuencia de la declaración de incumplimiento del convenio, sino fruto de la insolvencia sobrevenida del concursado después de haberse aprobado aquel: falta uno de los prepuestos básicos de la acción para poder atender la calificación culpable peticionada: falta de acreditación de que la causa por la que los acreedores no han visto cumplidas sus expectativas fuese imputable al deudor.
JMerc de Palma de Mallorca (Provincia de Islas Baleares) Sentencia de 15 mayo 2014 JUR 2014\170461
Para más información puede llamar al número 902 40 40 47 o escribir un e-mail a la dirección de correoatencionclientes@thomsonreuters.comEditorial Aranzadi, S.A. es parte de Thomson Reuters. © Thomson Reuters (Legal) Limited
No hay comentarios:
Publicar un comentario